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Preguntas Frecuentes

Los requisitos para la apertura de una droguería son los siguientes:

  1. Constituir una empresa y contar con RUC (SUNARP, SUNAT) tanto personas jurídicas como personas naturales.
  2. Contar con los servicios de un químico farmacéutico profesional (profesional especialista en temas regulatorios), quien tomará el cargo de director técnico de la droguería.
  3. Debe contar con un local que cuente con un área administrativa y un área de almacén.
  4. Iniciar el trámite de Registro del establecimiento a través del Formato A-2  adjuntando los requisitos solicitados y realizando el pago por derecho a trámite de S/.441.90 en el Banco de la Nación, a la tasa de salud 6556.

           Requisitos solicitados  para anexar al formato A-2:

A.  Copia del contrato de servicio de almacenamiento y/o distribución, cuando corresponda. 

B. Croquis de distribución interna del establecimiento y del almacén, indicando el volumen útil de almacenamiento máximo en metros cúbicos por cada área, exclusiva o compartida y las áreas destinadas a productos o dispositivos que requieren condiciones especiales de almacenamiento, cuando corresponda, en formato A-3.

El tiempo de trámite de Autorización Sanitara de Funcionamiento de una Droguería es de 30 días hábiles.

Es la acción de control y vigilancia realizada por la autoridad correspondiente a solicitud de parte, para verificar y certificar el cumplimiento de las buenas practicas establecida en la norma específica.

  • Buenas Prácticas de Almacenamiento
  • Buenas Prácticas de Manufactura
  • Buenas Practicas de Distribución y Transporte.

Para realizar la apertura de una droguería, el solicitante debe contar con las siguientes áreas mínimas:

Área de Cuarentena- Disponible: 2 ubicaciones
Área de Devoluciones: 1 ubicaciones
Área de Bajas y/o Rechazados: 1 ubicación
Área de contramuestra: 1 ubicación

En el caso de servicio de Almacenamiento Aduanero no hay un tiempo mínimo de contratación pero en el caso del servicio de Centro de Distribución, Signia establece un contrato mínimo de 12 meses.

No. Signia no realiza servicios de registro de productos ante DIGEMID. En este caso el cliente deberá contratar los servicios de un tercero que se encargue del registro.

Por disposición del artículo 73° del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2011-SA del 27 de julio de 2011, "las droguerías que sean titulares del registro sanitario o poseedores de certificado de registro sanitario de cada lote, serie o código de identificación del producto o dispositivo importado deben guardar, en el país, muestras de retención o contra muestras hasta un (01) año después de la fecha de expiración del producto o dispositivo terminado”.

Esta área debe ser separada, delimitada, identificada y restringida, destinada a almacenar contramuestras de cada lote, serie o código de identificación de productos farmacéuticos y/o dispositivos médicos, cuando corresponda.